El Tribunal Supremo autoriza la reanudación de las deportaciones a terceros países: ¿qué cambia para ti?

El Tribunal Supremo autoriza la reanudación de las deportaciones a terceros países: ¿qué cambia para ti?
En una votación de 6 a 3, el Tribunal Supremo autorizó al Gobierno a reanudar las deportaciones a países distintos del de origen de la persona mientras continúe el litigio. Las vistas orales están previstas para diciembre.

En Campos Law Firm, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. El 29 de septiembre de 2026, el Tribunal Supremo de EE. UU. estimó la solicitud de medidas urgentes presentada por el Gobierno y suspendió la resolución que había impedido las expulsiones a terceros países, es decir, las expulsiones a países que no son el país de origen de la persona.

La resolución no se pronuncia sobre la legalidad de la medida. Simplemente permite al Gobierno seguir aplicándola mientras el caso sigue su curso. A continuación, explicamos lo que sabemos, lo que no sabemos y qué puedes hacer.

¿Qué ha decidido el Tribunal Supremo?

La votación fue 6-3. Las magistradas Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson expresaron su desacuerdo. “En cuestiones de vida o muerte, lo mejor es actuar con cautela. En este caso, el Gobierno adoptó el enfoque contrario”, escribió Sotomayor.

El caso es DHS contra D.V.D. El Tribunal aceptó celebrar la vista oral en el asunto Diciembre de 2026 y dictará una resolución definitiva posteriormente. Hasta entonces, la suspensión sigue vigente.

Esto ya ha ocurrido antes. En junio de 2025, el Tribunal suspendió una resolución preliminar anterior dictada por el mismo tribunal de primera instancia en este litigio, que permitía la ampliación del programa.

¿Qué había ordenado el juez Brian Murphy?

En febrero de 2026, el juez federal de distrito Brian Murphy, de Massachusetts, dictaminó que la política no ha respetado las garantías procesales. Ordenó al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que informara claramente a las personas antes de enviarlas a un tercer país y que les diera una oportunidad real de alegar que allí se enfrentarían a persecución o tortura.

El 18 de septiembre, el Tribunal de Apelación de los Estados Unidos para el Primer Circuito confirmó en gran medida dicha sentencia. Unos días más tarde, aclaró su resolución, lo que obligó a la cancelación de un vuelo en el que viajaban unos 70 personas desde Alexandria (Luisiana) hasta Burundi, Ruanda y la República Centroafricana. A continuación, el Gobierno recurrió al Tribunal Supremo.

Según Reuters, Más de 25 000 migrantes han sido trasladados a 29 países en el marco de esta política desde que se amplió en 2025. La mayoría se dirigió a México; otros se dirigieron a Sudán del Sur, Uganda, Liberia, Guinea Ecuatorial y la República Centroafricana.

¿A quién podría afectar esto?

La expulsión a un tercer país suele aplicarse a las personas que ya tienen un resolución definitiva de expulsión y cuyo país de origen no los readmita, o cuando el Gobierno elija otro destino. También puede afectar a personas que hayan obtenido protección frente a la expulsión a su país de origen, como la suspensión de la expulsión o la protección en virtud de la Convención contra la Tortura. Esas protecciones se aplican a un país concreto, no a todos los países.

Si no tienes una orden de expulsión, esta decisión no modifica por sí sola tu caso. Una solicitud de asilo pendiente, un trámite de tarjeta verde en curso o un caso abierto en el Tribunal de Inmigración continúan como hasta ahora.

¿Puedo evitar que me envíen a un país que no es el mío?

No hay respuestas absolutas, pero sí hay herramientas. La ley sigue prohibiendo enviar a nadie a un país en el que sea probable que sufra torturas, y la suspensión no anula esa protección. Lo que está en disputa es con cuánta antelación y qué posibilidad de responder lo que hay que hacer antes de un vuelo.

  • Conoce tu expediente: El primer paso es averiguar si dispones de una resolución definitiva, cuál es su fecha y qué derechos te amparan.
  • Habla abiertamente sobre el miedo desde el primer momento: Si te dicen que te van a enviar a un tercer país y temes por tu vida allí, dilo claramente y pide hablar con tu abogado.
  • No firmes nada que no entiendas: Evita firmar documentos de salida o de “retorno voluntario” que no comprendas del todo.
  • Ten un plan familiar: Ten a mano tu número A, copias de tus documentos y los datos de contacto de tu abogado.
  • Analizar las opciones legales: En algunos casos, es posible presentar una solicitud de reapertura del procedimiento o una solicitud de suspensión de la expulsión.

Protege tu situación migratoria con Campos Law Firm

La resolución del Tribunal Supremo es provisional, pero sus efectos son inmediatos para cualquier persona que tenga una orden de expulsión. Revisar tu caso ahora, antes de que te llegue cualquier notificación, te da más margen de maniobra. También puedes leer nuestro análisis anterior sobre El Tribunal Supremo y las expulsiones a terceros países.

No dejes tu situación migratoria al azar. Llámanos hoy mismo al +1 (844) 922-6767 para concertar una consulta gratuita y confidencial en inglés o en español. Campos Law Firm: soluciones jurídicas en todas las áreas del derecho.

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