En el bufete de abogados Campos, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. El jueves 24 de septiembre de 2026, el Gobierno federal presentó una solicitud de carácter urgente ante el Tribunal Supremo con el objetivo de seguir deportando a personas a países que no son los suyos sin las garantías que han exigido los tribunales de primera instancia.
La presentación del recurso no significa que el Tribunal Supremo haya aprobado nada; los magistrados aún no se han pronunciado. Esto es lo que sabemos, lo que no sabemos y lo que puedes hacer.
¿Qué está pasando?
El caso se inició en Boston. El juez federal de distrito Brian Murphy determinó que la política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) relativa al envío de personas a terceros países era ilegal, y ordenó que cada traslado fuera precedido de una notificación efectiva del destino y de una oportunidad real de oponerse a él para cualquier persona que temiera sufrir persecución o tortura en dicho lugar.
El 18 de septiembre, el Tribunal de Apelación del Primer Circuito confirmó por unanimidad dicha resolución. En nombre del tribunal, el juez Seth Aframe afirmó que el derecho a impugnar la expulsión por temor a ser perseguido “tiene poco sentido si no se recibe una notificación previa” y la oportunidad de alegarlo.
La noche del miércoles 23 de septiembre, el mismo tribunal levantó la suspensión que había permitido que los vuelos continuaran. Según la AP, un vuelo que tenía previsto salir de Alexandria, Luisiana, con 70 personas con destino a Burundi, Ruanda y la República Centroafricana fue cancelado unos minutos antes de medianoche.
¿Qué es lo que pide el Gobierno y qué es lo que aún está por decidir?
El fiscal general adjunto D. John Sauer solicitó al Tribunal Supremo que suspendiera la sentencia mientras el Gobierno continúa con su recurso de casación, alegando que las medidas de salvaguardia provocarían “retrasos irrazonables” y obligarían a renegociar los acuerdos con otros países. El fiscal general Todd Blanche afirmó que la orden, dictada “en plena noche”, privaba al Gobierno de “una herramienta totalmente legal y valiosa”.”
Según el DHS, según informa la AP, aproximadamente 25 000 personas han sido deportados a terceros países en el marco de este programa. México acoge a la mayoría, pero los acuerdos abarcan a más de dos docenas de países. El Ministerio de Justicia afirma que ya se han cancelado unas 220 expulsiones debido a las restricciones.
La jueza Ketanji Brown Jackson, encargada de los asuntos de urgencia del Primer Circuito, no concedió la suspensión inmediata solicitada por el Gobierno y dio a los abogados de los inmigrantes de plazo hasta las 16:00 horas del Lunes, 28 de septiembre, para responder. A continuación, el pleno del Tribunal podría examinar la solicitud.
¿Significa esto que ya no me pueden enviar a un tercer país?
No, y ese es el punto más importante de esta historia. La sentencia no prohíbe expulsiones a terceros países. Se exige que se lleven a cabo previa notificación y que se ofrezca una oportunidad real de oponerse al destino.
El contexto también es importante en este caso. La ley permite al Gobierno designar otro país cuando no es posible la expulsión al país de origen. Y existen medidas de protección como suspensión de la expulsión o una ayuda en virtud de la Convención contra la Tortura (CAT) te proteja de un país concreto, no de cualquier destino. Por eso, la verdadera controversia gira en torno a cuánto tiempo y qué tipo de oportunidad tienes para decir: “Temo por mi vida en ese país”. La política de ICE, en vigor desde 2025, establece, por lo general, que hay que esperar al menos 24 horas antes de llevar a cabo estos traslados.
Por último, la situación es temporal. En junio de 2025, el Tribunal Supremo suspendió una orden anterior del mismo juez y se reanudaron los vuelos. Lo que rige hoy podría cambiar en cuestión de días.
¿Qué puedes hacer ahora?
- Si tienes una resolución definitiva de expulsión: Consulta con un abogado qué derechos de protección te corresponden y en qué país, ya que esa distinción determinará tu defensa en caso de que surja un tercer destino.
- Si te notifican un país que no es el tuyo: Comunique inmediatamente, a ser posible por escrito, cualquier temor a sufrir persecución o tortura en ese país, y solicite hablar con su abogado.
- No firmes nada que no entiendas: Una renuncia voluntaria o una exención firmadas bajo coacción pueden cerrar opciones que aún estaban abiertas.
- Ten tu expediente a mano: tu número A, las resoluciones anteriores y los datos de contacto de tu abogado. En estos casos, el tiempo se mide en horas.
- No pierdas de vista el calendario: El plazo para presentar la respuesta ante el Tribunal Supremo vence el 28 de septiembre, y cualquier resolución posterior a esa fecha podría cambiar la situación.
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