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¿Tu hijo o familiar es menor de 21 años? Podría calificar para un alivio migratorio.
El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJ) protege a menores solteros de 21 años que sufrieron abuso, abandono o negligencia de uno o ambos padres. Es un posible camino legal hacia la Green Card en EE. UU.
- La solicitud de SIJ es federal (USCIS). La resolución judicial estatal necesaria la tramitan en Colorado y Utah nuestros abogados especializados en derecho de familia, colegiados en dichos estados.
Legislación estadounidense en materia de inmigración (federal) · Abogados especializados en derecho de familia colegiados en Colorado y Utah
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Servicios de esta área
Evaluación de elegibilidad
Orden estatal de custodia, tutela o tutela de menores (Colorado, Utah)
Hallazgos especiales que exige el SIJ
Petición I-360 ante USCIS
Ajuste de estatus hacia la Green Card
Representación en corte de inmigración, si aplica
Así te ayudamos
Revisamos la historia del menor, su elegibilidad y la corte estatal competente.
Tramitamos el proceso en la corte estatal para obtener la orden con los hallazgos que exige la ley.
Presentamos la petición SIJ (Formulario I-360) ante USCIS.
Cuando corresponde, presentamos el ajuste de estatus hacia la Green Card.
El procedimiento SIJ consta de dos pasos: una resolución judicial estatal y una solicitud federal ante el USCIS. El trámite ante el tribunal estatal lo gestionan en Colorado y Utah abogados colegiados en dichos estados; la legislación estadounidense en materia de inmigración es federal. Si el menor reside en otro estado, ponte en contacto con nosotros y te diremos con claridad si podemos ayudarte.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede calificar para el SIJ?
En general: menor de 21 años y soltero(a), presente en EE. UU., que sufrió abuso, abandono o negligencia de uno o ambos padres, con una orden de corte estatal que determine que la reunificación no es viable y que regresar a su país no es en su mejor interés. Evaluamos cada caso en la consulta gratuita.
¿Hay un plazo?
La petición debe presentarse antes de que el menor cumpla 21 años y, según el estado, la orden de la corte puede requerir actuar mucho antes. Una evaluación temprana es importante.
¿En qué estados atienden la etapa de corte estatal?
Colorado y Utah, a través de nuestros abogados especializados en derecho de familia colegiados en dichos estados. Si el menor reside en otro lugar, ponte en contacto con nosotros y te diremos con toda claridad si podemos ayudarte.
El tiempo importa: la petición debe presentarse antes de los 21 años.
Habla hoy con un abogado. La evaluación del caso es gratuita.