Si eres un estudiante internacional con un visado F-1 y tienes un puesto de prácticas aprobado por tu centro educativo, es posible que hayas recibido en los últimos días un correo electrónico de la oficina de estudiantes internacionales en el que se te informa de que tu solicitud está “en espera”. No se trata de un retraso administrativo, sino que refleja un cambio real en la forma en que el Gobierno federal está revisando Formación práctica curricular (CPT).
En el bufete de abogados Campos, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. A continuación te explicamos lo que se sabe, lo que no ha cambiado y lo que puedes hacer ahora.
¿Qué está pasando?
Según Reuters, el Gobierno envió a las universidades un memorándum federal con fecha del 24 de agosto de 2026 reforzar la supervisión del CPT, la autorización que permite a determinados estudiantes con visado F-1 realizar prácticas o trabajar en puestos directamente relacionados con su programa académico.
El Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) —la oficina del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) encargada de certificar a los centros educativos para que matriculen a estudiantes extranjeros— ha advertido de que se han detectado autorizaciones de CPT que “parecen infringir los requisitos normativos”. El memorándum señala que el incumplimiento por parte de un centro educativo de las normas del SEVP podría dar lugar a que una institución pierda la acreditación para matricular a estudiantes extranjeros.
A principios de agosto, la SEVP ya había difundido mensajes en los que recordaba a los responsables designados de los centros educativos (DSO) su responsabilidad a la hora de autorizar la CPT, aplicando una interpretación más estricta de lo que significa que la formación sea una “parte integral de un plan de estudios establecido”: debe ser esencial para la obtención del título, estar directamente relacionada con la especialidad del estudiante y estar reconocida oficialmente en el expediente académico —no autorizada únicamente con fines laborales—.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) declaró a Reuters que la normativa no ha cambiado, y añadió que “los centros educativos y las empresas deben tenerlo en cuenta: bajo la presidencia de Trump, ya no se tolerará el abuso de este generoso sistema”.”
¿A quién afecta?
- Estudiantes con visado F-1 que tengan solicitudes de CPT pendientes: La UCLA y la UC Berkeley confirmaron a Reuters que habían suspendido temporalmente la tramitación de determinadas solicitudes mientras revisaban las directrices. La UCLA afirmó que había “suspendido temporalmente la tramitación de determinadas autorizaciones de formación práctica curricular (CPT) mientras revisa las recientes directrices federales”. La UC Berkeley señaló que era poco probable que tramitara algunas solicitudes “en un futuro próximo”, aunque seguiría tramitando las solicitudes de CPT que constituyeran un requisito para la obtención del título.
- “Programas ”CPT del primer día»: Las prácticas que se ofrecen desde el primer día de matriculación son, por su propia naturaleza, las más difíciles de encajar en una interpretación estricta de la expresión “parte integrante del plan de estudios”.”
- Formación que no figura en tu expediente académico: Si tu CPT no está vinculado a una asignatura, a créditos o a un requisito del programa, ese es el perfil que, según el SEVP, está analizando.
- Esto, por el momento, no afecta al CPT que sea realmente un requisito para la obtención del título, y no se trata de una eliminación generalizada del CPT. Tampoco afecta a la Formación Práctica Opcional (OPT), una autorización independiente expedida por el Servicio de Ciudadanía y Servicios de inmigración (USCIS).
¿Perder el CPT significa perder mi estatus?
No de forma automática, pero la relación entre ambos es lo que más necesitan comprender los alumnos.
El CPT no es tu situación. Es un permiso de trabajo aprobado por un DSO en el sistema SEVIS y registrado en tu formulario I-20, siempre para un empleador concreto y un periodo concreto. Tu estatus F-1 depende de que sigas matriculado a tiempo completo y cumplas las condiciones de tu programa.
El riesgo es justo al revés: Trabajar sin una autorización CPT válida se considera empleo no autorizado., lo que puede constituir una infracción de su situación legal con consecuencias para futuras solicitudes de visado o de residencia. Por eso, la respuesta adecuada ante una suspensión administrativa nunca es empezar a trabajar o seguir haciéndolo “mientras se resuelve el asunto”.”
Dos aspectos que se pasan por alto fácilmente:
- Un año completo de CPT a tiempo completo te inhabilita para optar al OPT. Antes de aceptar un puesto a tiempo completo, haz un balance de lo que ya has gastado.
- Si tu centro educativo ha perdido la certificación del SEVP, los estudiantes matriculados no son deportados automáticamente, pero se enfrentan a una situación complicada en lo que respecta al traslado o la reincorporación, lo que requiere asesoramiento jurídico inmediato.
¿Qué puedes hacer ahora?
- No empieces ni sigas trabajando sin un formulario I-20 visado. Comprueba que tu CPT esté autorizado en SEVIS, con el empleador y las fechas correctas, antes del primer día.
- Ponte en contacto con tu DSO por escrito. Pregunta si tu autorización está suspendida, por qué motivo y qué documentación académica acredita que esa asignación forma parte de tu programa.
- Conserva la documentación académica: tu plan de estudios, las asignaturas o créditos correspondientes, la descripción del puesto y su relación con tu especialidad, así como todas las comunicaciones de la universidad.
- Revisa tu historial del CPT: cuántos meses de CPT a tiempo completo has utilizado y cómo afecta eso a tu futuro OPT.
- Si una oferta de trabajo depende del CPT, comunícaselo al empleador con antelación en lugar de arriesgarse con una fecha de inicio.
- Habla con un abogado especializado en inmigración antes de decidir cambiar de programa, de centro o de situación.
Protege tu situación migratoria con el bufete de abogados Campos
El memorándum no elimina el CPT ni modifica la normativa, pero sí aumenta el nivel de control y traslada la presión a las universidades, que están respondiendo con suspensiones y criterios más estrictos. En la práctica, un error técnico en tu autorización puede convertirse en un problema de estatus que te persiga durante años.
Cada caso depende de tu programa, de tu historial de autorizaciones y de las fechas exactas que figuran en tu formulario I-20. Si eres un estudiante con visado F-1 cuyo CPT está en suspenso, o si no estás seguro de si tu puesto de prácticas cumple con los nuevos requisitos, el bufete de abogados Campos está a tu disposición para ayudarte a analizar tu situación y proteger tu condición de estudiante.
No dejes tu situación migratoria al azar. Llámanos hoy mismo al +1 (844) 922-6767 para concertar una consulta gratuita y confidencial en inglés o en español. Bufete de Abogados Campos: soluciones jurídicas en todas las áreas del derecho.

