En Campos Law Firm, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. Desde el 29 de septiembre de 2026, y con mayor intensidad a partir de la mañana del 30 de septiembre, muchos solicitantes de asilo afirmativo han observado el mismo cambio en su cuenta del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS): ’El siguiente paso es la entrevista“ ha sido sustituido por “El siguiente paso es la resolución del caso”.”
El cambio se está notando incluso en el caso de personas a las que nunca se les había concertado una entrevista, incluidos los casos presentados en 2019 o antes. A continuación, explicamos lo que sabemos, lo que no sabemos y qué puedes hacer.
¿Qué está pasando?
Están llegando informes procedentes de foros de solicitantes y comunidades en línea, donde decenas de personas describen el mismo mensaje en su formulario I-589, la solicitud de asilo. A fecha de publicación, no hemos encontrado ninguna declaración del USCIS que explique el cambio en la redacción ni a cuántos casos afecta.
Sin embargo, el contexto es oficial. El 28 de julio de 2026 entró en vigor una norma definitiva provisional del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), publicada en el Registro Federal (91 FR 47101). Dicha norma permite al USCIS: remitir determinados casos de asilo aceptados al Tribunal de Inmigración sin celebrar una entrevista. El plazo de consulta pública finalizó el 28 de septiembre, un día antes de que comenzaran los informes.
¿Qué permite la norma de asilo sin entrevista?
Según el texto publicado, el USCIS podrá remitir un expediente a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) sin entrevistar al solicitante cuando considere que:
- Plazo de un año: La solicitud se presentó más de un año después de la llegada y no se aplica ninguna excepción.
- Restricciones legales: un impedimento impide la concesión del asilo.
- Discreción: El caso no justifica la concesión de asilo, según el criterio discrecional.
- Ventajas: El solicitante no cumple los requisitos según la solicitud presentada.
La norma deja claro que El USCIS sigue entrevistando a los solicitantes antes de conceder o denegar el asilo.. En otras palabras, la vía sin entrevista consiste en la remisión al tribunal, no en una aprobación o denegación por escrito. Nuestro artículo sobre concesión de asilo sin entrevista trata la norma en profundidad.
¿Significa “resolución” que me han concedido la solicitud, que me la han denegado o que me han remitido a los tribunales?
Por ahora, No se puede sacar ninguna de esas conclusiones. solo a partir del mensaje en línea. La “resolución” es la fase de decisión y, en el sistema del USCIS, puede dar lugar a distintos resultados. El texto del estado en línea suele actualizarse automáticamente y no sustituye a una notificación formal.
Si el USCIS remite tu caso, la señal clara no es el portal, sino un Notificación de comparecencia (NTA), el documento que inicia el procedimiento ante un juez de inmigración. En ese caso, tu solicitud no se da por perdida: se convierte en un caso de asilo defensivo sobre el que el juez decide desde el principio. Una remisión no es una orden de expulsión.
Hay otro matiz importante. Según la normativa vigente, un solicitante que tenga un estatus migratorio válido y no reúna los requisitos para obtener asilo suele recibir una denegación en lugar de una remisión, y el USCIS sigue realizando entrevistas antes de denegar la solicitud. Esto significa que el efecto práctico puede variar en función de tu situación.
¿Qué puedes hacer ahora?
- Consulta la sección «Documentos»: Inicia sesión en tu cuenta de USCIS y comprueba si hay algún aviso nuevo (carta de remisión, NTA o solicitud de pruebas). Descárgalo y guárdalo.
- Estate atento al correo: Las notificaciones oficiales se envían por correo. Si te has mudado, actualiza tu dirección mediante el formulario AR-11 en un plazo de 10 días.
- Consulta el portal de la EOIR: Con tu número A, puedes consultar en el sistema de información de asuntos judiciales del tribunal si se ha fijado una vista.
- No viajes fuera de EE. UU.: Salir del país sin permiso de salida anticipada mientras la solicitud de asilo está pendiente se considera un abandono de la solicitud.
- Prepara tus pruebas: declaraciones, documentos relativos a la situación del país y documentos de identidad. Si tu caso llega a los tribunales, el juez te los pedirá.
- Nunca ignores una carta: Si no acudes a una vista, se podría dictar una orden de expulsión en tu ausencia.
Protege tu situación migratoria con Campos Law Firm
Un cambio de una sola palabra en una página web no decide tu futuro, pero es un buen motivo para revisar tu caso con alguien que conozca la nueva norma. Si tu solicitud de asilo acaba ante un juez, la preparación que realices durante los primeros meses puede marcar una gran diferencia. En un país en el que cada decisión puede cambiar tu futuro, disponer de la información adecuada es tu mejor herramienta.
No dejes tu situación migratoria al azar. Llámanos hoy mismo al +1 (844) 922-6767 para concertar una consulta gratuita y confidencial en inglés o en español. Campos Law Firm: soluciones jurídicas en todas las áreas del derecho.

