Si tienes el Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador y te acostaste el 9 de septiembre pensando que lo habías perdido todo, aquí tienes la noticia que debes leer con calma: No lo has perdido.
En el bufete de abogados Campos, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. A continuación te explicamos lo que se sabe, lo que aún no se sabe y qué puedes hacer.
¿Qué dijo exactamente el DHS?
9 de septiembre de 2026 era la fecha de finalización de la prórroga de 18 meses publicada en el Registro Federal el 17 de enero de 2025. Llegó el día y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) No se ha publicado ni una rescisión ni una prórroga.
Ese mismo día, un portavoz del DHS afirmó que “Se hará un anuncio sobre el TPS de El Salvador en el momento oportuno. Hasta que se haga dicho anuncio, las personas salvadoreñas que se encuentren en EE. UU. al amparo del TPS seguirán gozando de protección”.”
Es una sola frase, y cambia por completo el mensaje: No es cierto que todos los beneficiarios dejaran de tener esa condición el 10 de septiembre.. Aproximadamente 170 100 personas Según el Servicio de Investigación del Congreso, la protección se concentra en California, Texas, Maryland, Nueva York y Virginia.
Lo que hizo el DHS no ... tiene la misma importancia. No fijó ninguna fecha para el anuncio y no dijo nada sobre la duración, las renovaciones de los permisos de trabajo ni la reinscripción.
¿Por qué te protege la ley aunque ya haya pasado el 9 de septiembre?
Porque la ley del TPS ya preveía precisamente esta situación. 8 U.S.C. § 1254a(b)(3)(A) exige que el secretario publique una resolución al menos 60 días antes de una designación caduca. Ese plazo vencía aproximadamente el 11 de julio de 2026 y pasó sin que se publicara nada.
Cuando eso ocurra, 8 U.S.C. § 1254a(b)(3)(C) establece que la designación es prorrogado automáticamente por seis meses — o 12 o 18, a criterio del secretario. Seis meses a partir del 9 de septiembre de 2026 coinciden con el 9 de marzo de 2027.
Los abogados lo denominan «prórroga» de pleno derecho: ocurre por sí solo, sin que ninguna autoridad lo conceda. Lo mismo ha ocurrido este año con el TPS de Ucrania.
Una advertencia importante: El hecho de que la ley lo establezca no significa que el USCIS lo haya reconocido por escrito. Hasta que no se publique un aviso oficial en el Registro Federal, gozas de esa protección, pero no tienes la documentación que lo acredite — una distinción que es importante ante un empleador o en la ventanilla de la Dirección General de Tráfico.
¿Qué ocurre con tu permiso de trabajo y el formulario I-9?
Este es el problema práctico del mes. Las notificaciones que el USCIS envió a los empresarios utilizaban 9 de septiembre de 2026 como fecha de caducidad a efectos del formulario I-9.
Si tu permiso de trabajo depende exclusivamente del TPS, ten en cuenta lo siguiente:
- No renuncies ni firmes nada por miedo: El hecho de que un empleador te pida que “actualices tu formulario I-9” no le da derecho a despedirte sin más por una cuestión que el DHS aún no ha resuelto.
- Mantén y copia toda la información actualizada: tu Documento de Autorización de Empleo (EAD) de la categoría A12 o C19, tu última notificación de aprobación y los recibos de las renovaciones anteriores.
- No salgas del país: El TPS, por sí solo, no constituye un permiso de viaje, y salir del país sin autorización puede hacer que pierdas la protección y que se apliquen restricciones a tu admisibilidad.
- Espera a recibir la notificación oficial antes de pagar cualquier tasa de tramitación: Los requisitos relativos a la vigencia, la renovación del EAD y la reinscripción se derivan de la notificación publicada en el Registro Federal, no de las redes sociales.
¿Qué deberías repasar ahora?
El TPS nunca ha sido una vía para obtener la residencia permanente, y esta suspensión no lo convierte en tal. Lo que sí te ofrece es tiempo, y lo mejor es dedicar ese tiempo a revisar tu expediente.
- Solicita tu historial completo: Una solicitud en virtud de la FOIA dirigida al USCIS mediante el formulario G-639, junto con tu historial de viajes en i94.cbp.dhs.gov, puede sacar a la luz una solicitud antigua, un viaje autorizado o una orden olvidada.
- Busca vías paralelas: El programa NACARA sigue estando disponible para los salvadoreños que llegaron antes del 19 de diciembre de 1990, y es posible que, sin que lo sepas, puedas acogerte a una solicitud familiar, al artículo 245(i) o a un ajuste de estatus tras un viaje con permiso de entrada anticipada.
- Mantén tu dirección actualizada: Presenta el formulario AR-11 ante el USCIS y el formulario EOIR-33 ante el Tribunal de Inmigración en un plazo de 10 días tras cualquier cambio de domicilio. Se trata de una obligación legal, no de un trámite opcional.
Cada caso es diferente, y ninguna de estas opciones puede decidirse con solo leer un artículo. En cada uno de ellos es necesario que un abogado revise tus documentos.
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Es precisamente cuando se da un respiro que nadie ha plasmado por escrito cuando la gente comete los errores más costosos: algunos abandonan trabajos que podrían haber conservado, mientras que otros dejan pasar meses valiosos sin optar por la alternativa que siempre estuvo ahí.
En el bufete de abogados Campos analizamos tu historial desde el principio y te explicamos con sinceridad qué opciones existen realmente en tu caso. No hacemos promesas poco realistas. Ofrecemos una representación jurídica seria, respaldada por una preparación minuciosa y por nuestra integridad.
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