En el bufete de abogados Campos, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. El 17 de septiembre de 2026, la agencia Associated Press publicó un análisis de los registros de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) que abarcaban aproximadamente 4,5 millones personas a las que se les permite entrar en Estados Unidos tras llegar a la frontera.
El titular trata sobre mapas y ciudades. Pero para cualquiera que esté viviendo este proceso, la verdadera pregunta es otra: ¿qué información sobre mí figura en esos registros? A continuación te explicamos lo que se sabe, lo que no se sabe y qué puedes hacer.
¿Qué incluye realmente el análisis?
AP solicitó los datos a la CBP mediante una solicitud en virtud de la Ley de Libertad de Información en junio de 2025 y los recibió en diciembre de 2025, tras meses de negociaciones. No fue necesario interponer ninguna demanda.
Los registros abarcan desde Del 1 de octubre de 2018 al 7 de julio de 2025. Tras eliminar los registros duplicados y aquellos que carecían de código postal, el conjunto de datos final abarcaba 4.510.850 personas. Cada registro incluye la nacionalidad, la edad, el sexo, la fecha del cruce, el sector de la Patrulla Fronteriza y el código postal del destino indicado por la persona.
En términos generales, estas personas fueron puestas en libertad con la orden de comparecer ante un tribunal de inmigración o de presentarse ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) mientras solicitaban asilo u otra ayuda humanitaria.
Entre las conclusiones, AP destaca un cambio hacia las ciudades de tamaño medio. De los aproximadamente un millón de venezolanos liberados en ese periodo, unos 30,000 dijeron que se dirigían a Utah, lo que forma parte de una tendencia que también se observa en Madison, Denver, Atlanta, Dallas y Houston, en lugar de los destinos tradicionales.
¿Es esto una lista de nombres?
No, y conviene dejarlo claro porque se está difundiendo esa información.
- Los datos que ha recibido AP están anonimizados y agrupados por código postal. No contiene nombres.
- AP ha excluido los códigos postales con menos de diez resultados de sus mapas y herramientas de búsqueda, con el objetivo específico de proteger la privacidad.
- La dirección es la que ha indicado esa persona., no es una residencia verificada. La AP señala que algunos códigos postales presentan concentraciones poco verosímiles, lo que indica que las direcciones se facilitaron sin que nadie haya vivido nunca allí.
- El análisis no determina la situación migratoria actual de ninguna persona. Muchos de estos casos se han resuelto hace ya tiempo; otros, no.
Dicho esto, el hecho de que el expediente público se haya anonimizado no cambia la realidad subyacente: El Gobierno sí que tiene tu dirección., con tu nombre, en tu expediente. Eso no es ni nuevo ni secreto, pero es la parte que te afecta.
¿Por qué es tan importante esa dirección?
Porque ahí es donde se envían tus notificaciones, y una notificación que nunca te llega acarrea graves consecuencias.
Si te has mudado y no lo has comunicado, el tribunal de inmigración puede enviarte la notificación de la vista a tu antigua dirección. Si no te presentas, el juez puede dictar una orden de expulsión en rebeldía sin que tú te hayas enterado siquiera de que hubo una vista. En algunas circunstancias es posible reabrir ese caso más adelante, pero es un proceso difícil, lento y nada seguro.
Los plazos son cortos, y se trata de dos presentaciones distintas, no de una sola:
- En relación con el tribunal de inmigración: Formulario EOIR-33, en un plazo de cinco días a partir de la fecha del cambio.
- Con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS): Formulario AR-11, en un plazo de diez días. Además, debes actualizar la dirección en cada uno de los expedientes pendientes.
- Si estás bajo la supervisión de ICE: Debes comunicar el cambio de acuerdo con las condiciones de tu libertad condicional.
Esto no es una tarea sin sentido. Es una de las pocas partes del proceso que está totalmente en tus manos.
¿Qué deberías hacer ahora?
- Consulta la fecha de tu próxima vista: El sistema automatizado de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) te permite consultar la fecha utilizando tu número de expediente.
- Confirma la dirección que figura en nuestros registros: Si no coincide con tu lugar de residencia, corrígelo inmediatamente en todos los expedientes abiertos.
- Guarda el recibo: una copia sellada del formulario EOIR-33 y la confirmación del formulario AR-11. Sin estas pruebas, no podrás demostrar que has realizado la notificación.
- Utiliza una dirección fija: Si te mudas a menudo, plantéate optar por una opción en la que una persona de confianza reciba el correo y te avise.
- Revisa tu expediente completo: Una solicitud de acceso a la información te permite saber qué datos tiene el Gobierno sobre ti.
- Si ya has faltado a una vista, consulta con un abogado: Existen solicitudes de reapertura y tienen plazos límite.
Protege tu situación migratoria con el bufete de abogados Campos
Muchos casos no se pierden por el fondo del asunto. Se pierden porque se envió una carta a una dirección en la que ya no vive nadie. En el bufete Campos Law Firm, comprobamos ese detalle desde la primera consulta: qué dirección figura en cada expediente, qué notificaciones se enviaron y si aún es posible impugnar una resolución dictada en rebeldía. En un país en el que cada decisión puede cambiar tu futuro, disponer de la información adecuada es tu mejor herramienta. No hacemos promesas poco realistas. Ofrecemos una representación jurídica seria, respaldada por la preparación y la integridad.
No dejes tu situación migratoria al azar. Llámanos hoy mismo al +1 (844) 922-6767 para concertar una consulta gratuita y confidencial en inglés o en español. Bufete de Abogados Campos: soluciones jurídicas en todas las áreas del derecho.

