Cruzar la frontera sin permiso no es solo una cuestión administrativa: en Arizona se persigue como delito federal, semana tras semana, y las cifras no dejan de aumentar.
En el bufete de abogados Campos, seguimos de cerca la evolución de la política de inmigración de EE. UU. para proteger los derechos y el futuro de nuestros clientes. A continuación te explicamos lo que se sabe, lo que aún no se sabe y qué puedes hacer.
¿Qué informaron los fiscales federales de Arizona?
El 11 de septiembre de 2026, la Fiscalía Federal del Distrito de Arizona anunció que, en operaciones llevadas a cabo entre 5 y 11 de septiembre cobró 306 personas relacionadas con la inmigración.
El desglose oficial:
- 145 casos de reingreso ilegal tras una extracción previa.
- 137 casos de entrada ilegal.
- 20 casos contra 24 personas por presunto tráfico de migrantes.
Ese total es de un aumento respecto a las 265 personas se llevó a cabo la semana anterior, como ya informamos. En ella participaron el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y otras agencias federales.
Un recordatorio sobre lo que incluye la oficina en sí, y que merece la pena repetir: una acusación no equivale a una condena. Se presume que toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad más allá de toda duda razonable.
La entrada ilegal y la reentrada ilegal no constituyen el mismo delito
La gente utiliza estos términos indistintamente, pero en la ley son muy diferentes, y esa diferencia cambia la vida de una persona.
- Entrada ilegal (8 U.S.C. § 1325): entrar por un lugar distinto de un puerto de entrada o eludir la inspección. Una primera infracción es una delito menor, hasta 6 meses en la cárcel. En caso de reincidencia, la pena puede llegar a 2 años.
- Reingreso ilegal (8 U.S.C. § 1326): volver tras haber sido expulsado, sin permiso previo. Es un delito grave, hasta 2 años al inicio del estudio y hasta 10 o 20 años en los casos en que existieran condenas anteriores graves.
- Tráfico ilícito de migrantes (8 U.S.C. § 1324): transportar, trasladar o dar cobijo a alguien a sabiendas de que se encuentra aquí sin autorización. Hasta 5 años, hasta alcanzar los 10 en los casos en que se obtenía un beneficio económico.
El hecho de que la reincidencia sea la categoría más numerosa —145 de 306— confirma algo que repetimos en todos los casos: una orden de desalojo antigua no caduca. Sigue teniendo consecuencias penales años después.
Y el caso de deportación, ¿es el mismo caso?
No, y confundir ambas cosas es el error más costoso que vemos.
- El proceso penal El caso se tramita ante un tribunal federal de primera instancia, con derecho a un abogado designado por el Estado si no puedes permitírtelo, y puede acabar en prisión.
- Procedimientos de expulsión son de carácter civil, se tramitan por separado ante el Tribunal de Inmigración (EOIR) o mediante la reactivación de una resolución anterior, y Allí no hay ningún abogado de oficio.
Una persona puede cumplir una condena penal y, aun así, enfrentarse posteriormente a una expulsión. Por eso es importante que el abogado defensor y el abogado especializado en inmigración se pongan de acuerdo. antes de Se acepta cualquier declaración de culpabilidad: una declaración que pueda parecer conveniente en el proceso penal puede cerrar las puertas de la inmigración durante años.
¿Qué puedes hacer ahora?
- Averigua qué figura en tu expediente antes de iniciar cualquier trámite: una solicitud en virtud de la FOIA dirigida al USCIS mediante el formulario G-639, y otra a ICE, pueden revelar si existe una orden de expulsión anterior y si se ha ejecutado.
- Si te detienen, guarda silencio y pide un abogado: Tienes derecho a no responder a preguntas sobre cómo y cuándo entraste. Lo que digas puede convertirse en el eje central de la acusación penal.
- No firmes ningún documento de salida voluntaria ni ningún otro documento sin haber consultado antes: Firmar puede hacer que pierdas opciones que aún tenías.
- Elabora un plan familiar por escrito: un poder notarial para tus hijos, copias de los documentos en poder de un familiar de confianza y el número de tu abogado memorizado, no solo guardado en el móvil.
- Ten cuidado con los notarios y los “asesores”: En varios países de América Latina, un notario es un abogado; en Estados Unidos, un notario no lo es y no puede representarte.
Protege tu situación migratoria con el bufete de abogados Campos
Detrás de una cifra semanal hay 306 familias que pasaron de una parada de tráfico a una sala de lo penal federal en cuestión de días. La diferencia entre un caso bien gestionado y uno que se pierde casi siempre se decide en las primeras 48 horas.
En el bufete de abogados Campos coordinamos la defensa penal con la estrategia de inmigración para que ninguna de las dos se vea perjudicada, y analizamos su historial antes de recomendarle nada. No hacemos promesas poco realistas. Ofrecemos una representación jurídica seria, respaldada por una preparación minuciosa y por nuestra integridad.
No dejes tu situación migratoria al azar. Llámanos hoy mismo al +1 (844) 922-6767 para concertar una consulta gratuita y confidencial en inglés o en español. Bufete de Abogados Campos: soluciones jurídicas en todas las áreas del derecho.

